Memorandum 082-2025

09 de Junio

 

RÉGIMEN PENAL TRIBUTARIO. PROCEDIMIENTO FISCAL. CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. IMPUESTO A LAS GANANCIAS

PROPUESTA DEL PODER EJECUTIVO DE MODIFICACIÓN A DISTINTAS LEYES ELEVADAS AL PODER LEGISLATIVO

El Poder Ejecutivo Nacional eleva al Poder Legislativo, las propuestas de modificación a las leyes del Régimen Penal Tributario, a la de Procedimiento Fiscal, al Impuesto a las Ganancias y al Código Civil y Comercial de la Nación y a otras disposiciones.

Los principales objetivos y las principales propuestas del proyecto de Ley del Poder Ejecutivo son:

1-  OBJETIVOS

a)   Reducir la carga de cumplimiento tributario mediante la simplificación de los procedimientos de determinación y fiscalización tributaria e incorporar limitaciones proporcionales a la fiscalización aplicables a los ciudadanos de menor escala, sin que ello implique una reducción en la exigencia de sus deberes fiscales.
b)   Racionalizar la normativa penal tributaria vigente con el fin de ordenar el ejercicio del poder punitivo del Estado Nacional, dirigiéndolo a castigar de manera proporcional, efectiva y focalizada aquellas conductas que impliquen un perjuicio real y significativo a la hacienda pública y a los sistemas de previsión social.
c)   Unificar y reducir los plazos de prescripción tributaria, con el objeto de dar mayor certeza jurídica y previsibilidad al sistema, en línea con los estándares internacionales que recomiendan procedimientos ágiles, eficientes y enfocados en la fiscalización actual y no remota.

2-  PROPUESTAS

a)   Reformar el Régimen Penal Tributario, con la finalidad de incrementar los montos mínimos exigidos para la configuración de delitos tributarios establecidos en la Ley N° 27.430 y sus modificaciones, con el objetivo de adecuarlos a los valores económicos actuales.
b)   Reformar el procedimiento tributario y el régimen de prescripción. Entre sus principales propuestas, encontramos actualizar los montos previstos para las multas y reformulando el régimen de prescripción, al establecer la posibilidad de reducir el plazo de prescripción tributaria a TRES (3) años en aquellos casos en que la declaración jurada haya sido presentada en término y no se verifiquen diferencias significativas.
c)   Introducir modificaciones al Código Civil y Comercial de la Nación y a otras leyes complementarias, con el objetivo de armonizar el régimen de prescripción en materia tributaria y de la seguridad social.
d)   Regulaciones aplicables al Régimen aplicable a la Declaración Jurada Simplificada. Se crea un régimen especial y simplificado aplicable a la recién implementada declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias, que alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que cumplan ciertos requisitos patrimoniales y de ingresos.
e)   Se invita a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a implementar regímenes simplificados de fiscalización alineados con el régimen nacional que se propone.

 

 

 

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